Régimen de gananciales y separación matrimonial: todo lo que necesitas saber
- Publicado el 11 de Diciembre de 2024
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- DERECHO DE FAMILIA Y DIVORCIOS
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Si estás pensando en casarte, o ya lo estás, seguramente has oído hablar de los bienes gananciales y de la separación de bienes, pero ¿sabes exactamente en qué consisten y qué pasa con ellos en caso de separación, divorcio o fallecimiento? En este artículo te explicamos de manera clara y sencilla todo lo que necesitas saber sobre estos regímenes económicos, para que tomes decisiones informadas sobre tu patrimonio.
Aspectos importantes sobre el matrimonio y los bienes
Cuando una pareja se casa en España debe elegir un régimen económico matrimonial. Aunque en la mayoría de las regiones se aplica el régimen de gananciales de forma predeterminada, en comunidades como Baleares y Cataluña prevalece la separación de bienes. De todas formas, los cónyuges pueden optar por uno u otro antes o después de contraer matrimonio, mediante capitulaciones matrimoniales.
Régimen de separación de bienes: cada cónyuge es propietario exclusivo de los bienes que adquiera durante el matrimonio. Si compran algo conjuntamente, se especifica el porcentaje de participación (por ejemplo, 50-50%).
Régimen de gananciales: todos los bienes adquiridos durante el matrimonio, sin importar quién los haya pagado, pertenecen a ambos por igual (50%). En caso de separación, esos bienes se dividen a partes iguales.
¿Qué es régimen de separación de bienes?
Los bienes que uno de los cónyuges adquirió antes del matrimonio no forman parte de los bienes gananciales, según lo establecido en el artículo 1346 del Código Civil. Estos se consideran bienes privativos, lo que significa que siguen siendo propiedad exclusiva de quien los adquirió. También se consideran privativos:
Bienes adquiridos con dinero previo al matrimonio.
Ropa y objetos personales.
Bienes recibidos por herencia o donación.
Derechos intransferibles como pensiones o derechos de propiedad intelectual.
Indemnizaciones por daños físicos o psicológicos.
¿Qué pasa con los bienes gananciales y separados cuando se disuelve un matrimonio?
Cuando un matrimonio se disuelve, ya sea por divorcio o fallecimiento, es necesario distinguir entre los bienes gananciales y los bienes privativos para proceder a la liquidación del patrimonio o herencia.
Divorcio: si el régimen es de gananciales, se divide el 50% de los bienes comunes. Los bienes privativos no se incluyen en esta división.
Fallecimiento: los bienes privativos del fallecido pasarán a sus herederos, mientras que el 50% de los bienes gananciales se dividirá entre el cónyuge sobreviviente y los herederos.
¿Quién hereda los bienes separados en un matrimonio con hijos?
Si uno de los cónyuges fallece y deja bienes privativos, estos pasan directamente a los hijos. Por ejemplo, si uno de los cónyuges compró una vivienda antes de casarse, ese bien será heredado únicamente por los descendientes del fallecido, sin importar si era la vivienda familiar. El cónyuge sobreviviente no tiene derecho sobre esos bienes privativos.
Sin embargo, si la vivienda fue adquirida conjuntamente durante el matrimonio bajo el régimen de gananciales, el cónyuge sobreviviente mantendrá el 50% de la propiedad, mientras que el otro 50% se repartirá entre los hijos.
¿Qué ocurre con la vivienda familiar en separación de bienes o gananciales?
La situación varía dependiendo del régimen económico:
Vivienda familiar en separación de bienes: si la casa es de uno de los cónyuges, este la conservará en caso de divorcio. En caso de fallecimiento, pasará a los herederos del propietario.
Vivienda familiar en gananciales: ambos cónyuges son propietarios del 50% de la vivienda. Si uno de ellos fallece, el otro conservará su mitad y la otra mitad se repartirá entre los herederos.
Conclusión
El régimen de gananciales y la separación de bienes tienen implicaciones importantes en caso de separación o fallecimiento, por lo que es fundamental contar con asesoramiento legal para proteger tu patrimonio y el de tus seres queridos. En L&B Abogados Valdemoro somos especialistas en Derecho Civil, divorcios, y herencias. Te ayudamos a tomar decisiones informadas y a gestionar de manera eficiente tus bienes.
Si tienes más preguntas o necesitas asesoramiento sobre liquidación de bienes gananciales o cualquier otra cuestión relacionada, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Nos encontrarás en Plaza de la Constitución nº 8, 1º derecha, Valdemoro, o puedes llamarnos al 667 959 309 para una consulta personalizada.
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