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Noticia Ampliada

¿Cómo eliminar a mi ex cónyuge de la hipoteca después del divorcio?

  • Publicado el 30 de Julio de 2023
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  • DIVORCIOS
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¿Cómo eliminar a mi ex cónyuge de la hipoteca después del divorcio?

La cuestión de quitar al ex cónyuge de la hipoteca se ha vuelto un problema complicado, como expondremos a continuación.

Imaginemos el escenario: un matrimonio decide divorciarse o una pareja que adquirió una vivienda compartida al 50% decide romper. Luego, acuerdan que uno de ellos se adjudique la propiedad completa de la vivienda y asuma el 100% de la hipoteca. Este acuerdo, incluso ratificado por un juez en caso de divorcio, plantea una pregunta crucial: ¿Tiene validez frente al Banco?

Desafortunadamente, la respuesta es negativa, y aquí está el motivo.

1.- Al firmar una hipoteca, los cónyuges o miembros de la pareja se convierten en deudores solidarios ante el Banco, lo que significa que ambos son responsables del pago de la hipoteca en su totalidad. Si alguna cuota no es pagada, el Banco puede dirigirse contra ambos o contra uno de ellos para el cobro.

2.- Aunque en el convenio regulador (en casos de divorcio de mutuo acuerdo) o en el acuerdo de disolución del pro indiviso (en parejas de hecho) se haya estipulado que la vivienda será adjudicada a uno solo de ellos, y este se compromete a asumir el 100% de la cuota hipotecaria, es un acuerdo privado que requiere el consentimiento expreso del Banco.

3.- El divorcio o la pareja de hecho no pueden modificar unilateralmente la titularidad de la hipoteca sin la autorización del acreedor hipotecario (el Banco). El Banco debe dar su consentimiento para liberar a uno de los cónyuges de la obligación de pago.

4.- El artículo 1205 del Código Civil establece: “La novación, que consiste en sustituirse un nuevo deudor en lugar del primitivo, puede hacerse sin el conocimiento de éste, pero no sin el consentimiento del acreedor.”

En consecuencia, ¿qué se puede hacer para eliminar al ex cónyuge de la hipoteca? Legalmente, poco se puede hacer. No obstante, aquí van algunos consejos para evitar sorpresas:

1.- Antes de firmar el convenio regulador del divorcio, donde se decide que uno de los cónyuges asumirá la propiedad y responsabilidad de la hipoteca, es fundamental verificar con el Banco si permitirá la modificación de la titularidad de la hipoteca. Es decir, si aceptará liberar a uno de los ex cónyuges de la obligación de pago (ya que dejará de ser titular de la vivienda), dejando solo al otro.

2.- Los Bancos, generalmente, son cautelosos en perder garantías una vez firmada la hipoteca. Por ello, es recomendable proponer al Banco la sustitución del deudor (ex cónyuge) por otra persona con garantías sólidas, como un familiar del cónyuge que asume la propiedad. Sin embargo, incluso esta opción puede ser rechazada por el Banco.

3.- En caso de que el Banco se niegue a quitar al ex cónyuge de la hipoteca, el convenio podrá firmarse y los acuerdos entre las partes serán válidos, pero solo tendrán efectos "ínter partes". Esto significa que el ex cónyuge (ya no propietario) seguirá siendo deudor ante el Banco, y en caso de que el otro cónyuge no pague la hipoteca, el Banco podrá requerir los pagos al ex cónyuge según el convenio o acuerdo firmado.

Lamentablemente, como se puede observar, no existe un mecanismo legal para obligar al Banco a quitar a uno de los deudores de la hipoteca. El cónyuge que ceda la propiedad debe entender que, independientemente de lo que se acuerde en el convenio, el Banco es quien tiene la última palabra para realizar dicha modificación, y no es el ex cónyuge quien tiene la posibilidad de forzar el cambio.

 

Si necesitas más información, ponte en contacto con L&B Abogados en el 91 126 97 08 o en info @ abogadosvaldemoro.com. Será un placer atenderte.

 


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